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Las líneas de financiamiento para productores en emergencia agropecuaria siguen vigentes

Los créditos están destinados a la reactivación productiva.

En este caso, la herramienta financiera es por un monto total de $5 000 millones y prevé créditos con un plazo de hasta 18 meses que incluye 6 de gracia para el pago y está destinado a la financiación de capital de trabajo. El monto máximo por beneficiario será de hasta $3 000 000, el Gobierno de la provincia de Santa Fe bonifica el 15% anual para todo el plazo de la vigencia del crédito. De modo que la tasa resultante, con el aporte provincial será de 54,50% TNA.

Los destinatarios de la misma serán personas humanas y/o jurídicas que:

a)- Desarrollen una actividad productiva agropecuaria con asiento en el territorio provincial (se justifica con la presentación del RUPP).

b)- Respondan a la definición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (se deberá presentar certificado Mipyme).

c)- Se encuentren en estado de emergencia o desastre agropecuario homologado a nivel nacional en el marco de la Ley 26 509 (o en la que en el futuro la reemplace), presentando certificado expedido por la autoridad provincial competente acreditando dicha situación de emergencia desastre.

d)- Acompañen certificado de cumplimiento fiscal provincial.

e)- No se encuentren alcanzados por la Comunicación A 7600 y sus modificatorias del Banco Central de la República Argentina.

Los interesados deberán concurrir a cualquiera de las 110 sucursales del Banco Santa Fe y solicitar esta ayuda financiera.

En tanto que la línea que está disponible en mutuales, contempla préstamos por un monto total de $500 millones, canalizados a través de un fondo que en parte se constituyó con recursos aportados por el gobierno provincial. Dichos créditos tienen un plazo de hasta 15 meses que incluye 3 meses de gracia para el pago y está destinado a la financiación de capital de trabajo. En este caso el monto máximo por beneficiario es de hasta $1 millón de pesos.

Los destinatarios de esta línea son MiPymes agropecuarias en estado de emergencia o desastre agropecuario homologado a nivel nacional en el marco de la Ley 26 509 que presenten el certificado expedido por las autoridades competentes de cada provincia que acredite la situación de emergencia y/o desastre agropecuario y no hayan sido beneficiarios del decreto 2936/22 ni de la Resolución Ministerial 33/23.

Los interesados deberán concurrir a las sedes de la Federación de Mutuales Brigadier López y de la Federación de Entidades Mutualistas de la Provincia de Santa Fe.

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