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Pandemia : Nuevas flexibilizaciones en Santa Fe

Las mismas regirán desde la 0 hora del sábado 4 de septiembre hasta el 1 de octubre de 2021 inclusive.

El gobierno de la provincia confirmó las nuevas flexibilizaciones establecidas para todo el territorio provincial, en el marco de la pandemia por coronavirus.

Entre las medidas se destaca la ampliación del horario de comercio, de atención en los locales gastronómicos y la circulación nocturna.

Actividad comercial mayorista y minorista.

La actividad del comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días de la semana hasta las 20 horas, con excepción de los kioscos que podrán permanecer abiertos hasta las 24 horas para la atención al público residente en su cercanía. Lo anterior sin perjuicio de la posibilidad de las farmacias de realizar los turnos de guardia.

El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).

Actividad gastronómica.

Los locales gastronómicos como bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales, deberán ajustarse a las siguientes disposiciones horarias:

a) Los días viernes, sábados y vísperas de feriados, entre las 6 horas y la 1 hora del día siguiente.

b) El resto de los días de la semana, entre las 6 horas y las 24 horas.

Fuera de estos horarios establecidos, sólo podrán realizar actividad en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía.

Competencias deportivas automovilísticas y motociclísticas.

Se autorizan las competencias deportivas automovilísticas y motociclísticas que podrán realizarse con concurrencia de hasta 1.000 espectadores.

Si el establecimiento en el que se desarrollara esta actividad cuenta con sectores que funcionen de forma totalmente independientes, mediando la autorización de las autoridades locales, será posible la concurrencia de hasta un máximo de 3.500 personas sin exceder el número máximo de 1.000 personas en cada sector independiente.

La autorización queda sujeta al estricto cumplimiento de los protocolos específicos establecidos para las actividades deportivas y de las reglas generales de conducta.

Para la asistencia a estos espectáculos, se requiere contar al menos con 1 dosis de vacuna Covid-19.

Circulación vehicular.

Se autoriza la circulación vehicular en la vía pública los días viernes y sábados desde las 6 hasta la 1 del día siguiente y de domingo a jueves, desde las 6 hasta las 24 horas.

Quedan exceptuadas de esta disposición horaria aquellas personas que cumplan tareas estrictamente necesarias y esenciales establecidas en el marco de la pandemia por coronavirus, y las personas que se dirijan desde y hacia sus lugares de trabajo de los que desarrollen actividades habilitadas.

Todas las medidas establecidas en el actual decreto publicado por el gobierno de la provincia de Santa Fe quedarán vigentes desde la 0 hora del sábado 4 de septiembre hasta el 1 de octubre de 2021 inclusive en todo el territorio santafesino.

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